Aviso de Remate N° 13835/026
Fecha de Publicación: 12/06/2026
Página: 199
Carilla: 199
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOCUARTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14° Turno, dictada en autos: "ARCE, MARIANA y otro c/ AVILA, PAOLA y otro - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-11274/2019, Se hace saber que el 16 de julio de 2026 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la Sra. ALGUACIL del Juzgado, se sacará a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor el siguiente bien inmueble: UNIDAD 003 que forma parte de la urbanización "Lomas de Carrasco", construida de acuerdo a las leyes 10751 y 17.292, empadronada individualmente con el número CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES BARRA AA BARRA CERO CERO TRES (43.963/AA/003), se ubica en una fracción de terreno sito en Localidad Catastral "Ciudad de la Costa", departamento de Canelones, zona suburbana, empadronada con el número cuarenta y tres mil novecientos sesenta y tres (43.963), y según plano de mensura y fraccionamiento de los Agrimensores Pedro Luna Hormaeche y Andrés Dibarboure, del 13 de marzo de 2002, aprobado y habilitado por la Intendencia Municipal de Canelones el 26 de julio de 2002, inscripto en la Oficina Delegada de Catastro - Pando, de la Dirección Nacional de Catastro, con el número 10918 el 31 de marzo de 2003, consta de una superficie de ciento dieciocho (118) hectáreas ocho mil ciento treinta y cuatro (8.134) metros, que se deslinda así: al Noroeste, tres tramos rectos de 964 metros 25 centímetros, 623 metros 89 centímetros y 167 metros 53 centímetros de frente a Camino de los Horneros; al Noreste, 603 metros 62 centímetros de frente al Camino al Paso Escobar (ancho 17 metros); al Noreste, dos tramos rectos de 224 metros 83 centímetros, con padrón 6.876, y 1400 metros 7 centímetros con padrones 39.390, 39.389, 39.388, 39.386 y 6.879; al Sur y Sureste, 3 tramos rectos de 448 metros 23 centímetros, 266 metros 40 centímetros y 69 metros 81 centímetros de frente a Camino Vecinal "de los Aromos" (de 17 metros de ancho). La unidad 003 padrón individual número CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES BARRA AA CERO CERO TRES (43.963/AA/003), según plano de Mensura y Modificación, del Agrimensor Andrés Dibarboure, del 15 de marzo de 2006, aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 23 de octubre de 2006, e inscripto en la Oficina Delegada de Catastro - Pando, de la Dirección Nacional de Catastro, con el número 11966 el 27 de noviembre de 2006, consta de una superficie de mil ciento ochenta y nueve (1189) metros, cuarenta y tres (43) decímetros cuadrados. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dólares americanos en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura, siendo también de su cargo la comisión del rematador más IVA y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en la ley 19.210 en la redacción dada por la ley 20.469, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.-. 2) En el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme art 71 del CGP (domicilio real y procesal electrónico judicial). 3) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 4) Que será de cargo del expediente la comisión más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate, así como el 1% más tasas municipales, por concepto de Impuesto Ley 12.700.5) Que solo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que sean generados hasta la fecha del remate, ITP e IRPF de la parte vendedora si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura.-6) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por la semana de turismo de conformidad con lo dispuesto por el literal F del art.387.2 del CGP en la redacción dada por la Ley 19090. En caso de estar el mejor postor exonerado de seña y/o del precio, igualmente deberá pagar la Comisión del Rematador y los gastos del Remate.7) Que se desconoce: a) La existencia de deudas nacionales y/o municipales o departamentales que afecten el bien inmueble; b) La situación ocupacional y su estado de conservación, regularidad de las construcciones art.71 ley 18308, situación contributiva ante BPS así como el permiso de construcción respectivo y su habilitación final; c) Derecho de la Unidad rematada en los bienes comunes que componen la Urbanización. 8) Existe deuda de Gastos Comunes. 9) Que el inmueble se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sita en el Palacio de los Tribunales, Palacio de los Tribunales, pasaje de Los Derechos Humanos N°1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art.390 inc. final del CGP siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria y lo dispuesto por la Ley 19.574 Lavado de Activos en lo correspondiente..- Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información arrojada por Certificados: Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Ciudad de la Costa, Registro Nacional de Comercio, Registro Nacional de Prendas sin Desplazamiento y Registro Nacional de Actos Personales, ampliados al 08/06/2026.
Montevideo, 08 de junio de 2026.
ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, Actuario Adjunto.
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20) $ 15794 1/p 13835 Jun 12- Jun 12
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