Fecha de Publicación: 23/05/2019
Página: 58
Carilla: 58

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
VIGESIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 27° Turno, dictada en autos: "NERI, VERONICA Y OTROS C/ NERI. WALTER Y OTRO PARTICION" IUE 2-48917/2016, EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DE 27° TURNO, dictada en autos: "NERI, VERONICA y otros c/ NERI, WALTER y otro. PARTICIÓN" IUE 2-48917/2016, se hace saber que el día 27 de junio de 2019 a partir de las 13:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la Sra. OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá al remate en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos (US$) de los siguientes bienes inmueble: LOTE N° 1 - 100% DEL PADRON N° 141723: Solar de terreno con construcciones, empadronado con el N° 141723, ubicado en la localidad catastral Montevideo, antes 21 sección judicial, Plano del Agrimensor Horacio Uslenghi de setiembre de 1927, inscripto en la Dirección de Topografía el 10/11/27, solar 17 con una superficie de 221 m2 80 dm2. Se deslinda 10 m de frente al NE a la calle Bernardo Susviela N° 4447 (antes 4439 bis) entre las calles Mazangano y Molinos de Raffo distando su punto medio de su frente 19 m 12 cm. del comienzo de la ochava formada con la calle Molinos de Raffo; 24 m 51 cm al SE lindando con solar 18 (Padrón 141724); 11 m 04 cm al SO limitando con solar 14 (Padrón 141720) y 19 m 85 cm al NO confinando con solar 16 (Padrón 141722). . LOTE N° 2 - 50% DEL PADRON N° 7722: Terreno baldío y demás mejoras ubicado en la localidad catastral Bella Vista, zona urbana, antes 5ª sección judicial del departamento de Maldonado, Padrón 7722 (antes en mayor área 1414), según Plano de Fraccionamiento de febrero de 1945 del Agrimensor Alvaro Acosta y Lara, aprobado por la Dirección de Agrimensura Municipal de Maldonado el 2/5/45 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 7/5/45 con el N° 647, señalado con el N° 156, Manzana K, cuenta con una superficie de 797 m 6 dm. Se deslinda 23 m de frente al NE a la calle N° 5 de 17 metros; 36 m 91 cm al S lindando con solar 157 ; 23 m 44 cm al NO con el solar 153 y 32 m 40 cm al N con el solar 155. PREVENCIONES COMUNES A TODOS LOS LOTES 1) El mejor postor de cada lote deberá consignar en el acto como mínimo el 30% del precio ofertado en concepto de seña en dólares americanos (US$), y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden, todo lo cual deberá ser abonado con letra de cambio o medios de pago electrónicos. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles y autorizados para transferir los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria), I.T.P e I.R.P.F. si correspondiere se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. 3) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) La titulación sobre la que se realizó el estudio pertinente está conformada por títulos originales y testimonio expedido por el Registro de la Propiedad respecto del Certificado de Resultancias de autos de Walter Neri, siendo éste último común a ambos padrones. 5) Se ignora la situación contributiva con el B.P.S. y D.G.I. por eventuales obras o reformas en los mismos, así como cualquier otro adeudo por cualquier concepto con las Intendencias u otros Organismos del Estado. 6) Que los inmuebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales y de la documentación agregada en autos. 7) Las deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Educación Pública, se podrán descontar hasta la fecha del remate. 8) Se desconoce el estado de conservación de los inmuebles. 9) El mejor postor deberá consignar los pagos con los medios admitidos por la ley número 19.210 y modificativas y concordantes, y su decreto reglamentario N° 351/017 en la redacción dada por el decreto N° 132/2018. PREVENCION RESPECTO DEL PADRON N° 141723: 10) Según lo manifestado a fojas 69 vto el inmueble se encuentra arrendado con contrato de arrendamiento otorgado el 15/5/2017. 11) Según Certificado de Gravámenes de la I.M. N° 494570 al 4/4/2018 existía deuda por concepto de Saneamiento por un monto de $ 5.228. 12) Según constancia de ANEP al 3/4/2018 existía deuda por un monto de $ 1.468.- PREVENCION RESPECTO DEL PADRON N° 7722: 13) Según lo manifestado a fojas 79 el inmueble se encuentra libre de ocupantes a cualquier título. El expediente y toda la documentación agregada se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de esta Sede, Av. Uruguay 1030, piso 4. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 9 de mayo de 2019. 
Montevideo, 21 de mayo de 2019
MARISA SANDRA SAYANS GANDÓS, Actuario Adjunto, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 8786 1/p 13325 May 23- May 23
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