Fecha de Publicación: 12/06/2017
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
NOVENO TURNO

                              MIGUEL H. WOLF
                             REMATE JUDICIAL

Edicto.- Se hace saber que por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno dictada en autos caratulados: "Banco Santander SA C/ Barbieri, Ruben- Ejecución de Hipoteca- IUE 2-50296/2015", el próximo 23 de junio de 2017 a las 15 y 30 horas en el local sito en la calle Solís 1463, el martillero Miguel H Wolf- mat. 1454- procederá asistido del Alguacil de la Sede a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden: unidad de propiedad horizontal 006, incorporado al régimen de la ley 10751 según lo previsto por la ley 13.870, modificativas y concordantes, que forma parte del Edificio sito en la 7ª. Sección Judicial del Depto de Montevideo, padrón matriz número diecinueve mil tres (N° 19003), el que según plano del Agr. Ariel M. Barceló, de marzo de 1971, inscripto en la Dirección Gral de Catastro, el 23/4/1971, con el N° 65811 tiene una superficie de 427 m. 33 dm, con 8 m. 53 cm de frente al NorEste a la calle Joaquín Requena, entre las calles Domingo Aramburú e Isla de Gorriti, distando el punto más próximo de su frente 42 m. 99 cm de la esquina formada con la calle isla de Gorriti. La unidad 006, según el referido plano, padrón individual N° 19.003/006, se ubica en planta baja, a cota vertical + 70 cm, tiene una superficie de 36 m. 76 dm, correspondiéndole el uso exclusivo del patio de aire y luz G, bien común -SE PREVIENE- a) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo, 1er Piso; b) Que el mejor postor deberá consignar el 30% del precio ofertado en concepto de seña con cheque certificado o letra de cambio, procediendo a depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate el que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni por la semana de turismo (Art 387.2 lit F CGP); c) Será de cargo del mejor postor, la comisión del martillero e impuestos lo que en total asciende al 3.66% del precio martillado y que deberá abonar en el acto y en efectivo; d) Sera de cargo de la parte demandada de autos la comisión de venta que en total asciende al 1.22% del precio martillado y demás que la ley pone de su cargo a los efectos de la escrituración; e) Se desconoce el estado ocupacional y contributivo (BPS-IM) del inmueble a subastarse; f) Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza y sólo podrán ser imputados al precio hasta la fecha de la subasta; g) Que existe deuda de gastos comunes por la unidad; h) Que serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios necesarios a efectos de realizar la titulación y registración del inmueble a su nombre; i) El mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. A los efectos de su publicación por un día (1) se expide el presente. Montevideo, 7 de Junio de 2017. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 4805 1/p 13285 Jun 12- Jun 12
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