Fecha de Publicación: 22/05/2019
Página: 59
Carilla: 59

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
CUARTO TURNO

                             REMATE JUDICIAL
                           Rdor. Assad Hajjoul
                      Tel. 29003099 Cel. 096 555 555
                           Sitio web: assad.uy

EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 4° TURNO, dictada en autos caratulados: "MARTINEZ IGLESIAS, RAUL C/ SILVA IRIGARAY, ERNI JORGE Y OTRO, JUICIO EJECUTIVO IUE 26-134/2002" se hace saber que el 26 de junio de 2019 a partir de las 13:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en moneda nacional del siguiente bien inmueble: solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en el departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número 62.296, el que según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Juan Alberto Nicola, de julio de 1949, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional, el 2 de agosto de 1949, con el número 21.307, se señala como solar número 177, consta de una superficie de 352 metros cuadrados y se deslinda así: 10 metros de frente al Noroeste a la calle Cánovas del Castillo (hoy calle Pantaleón Pérez), por donde su puerta de entrada se señala con el número 4788, entre las calles Hipólito Irigoyen y Cambay; 35 metros 20 centímetros al Noreste, lindando con el solar número 178; 10 metros al Sureste, lindando con el solar 229; y 35 metros 20 centímetros al Suroeste, lindando con el padrón número 62.295. Todos solares del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden, los que deberán ser abonados en el acto de remate con letra de cambio. 2) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar copia de los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 3) Se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones si las hubiere. 4) Únicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 6). El mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210, 19478, Decretos Reglamentarios 351/2017, 132/2018, todos en materia de inclusión financiera. 7) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, lo que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los D.D.H.H. 1309 piso 2. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 16 de mayo de 2019. Dra. Esc. FIORELLA MOREIRA MARIÑO, ACTUARIA ADJUNTA. 
                            Única Publicación
 20) $ 5348 1/p 13130 May 22- May 22
Ayuda