Fecha de Publicación: 27/07/2020
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
DÉCIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 10° Turno, dictada en autos: "SILVA CARRASCO WASHINGTON Y OTRAS C/SILVA ROJAS, JOSEFINA Y PABLO MARCELO Y CUÑA MARIA BETTY.CESACION DE CONDOMINIO-PARTICION" IUE 47-215/2004, se hace saber que el día 13 de agosto de 2020 a las 15.30 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja de la ciudad de Montevideo, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la antes Séptima Sección Judicial del Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número 19.093 (diecinueve mil noventa y tres), señalado como solar 4 de la manzana 1.016 en el plano del Agrimensor José Llambías de Olivar de 22 de agosto de 1910, inscripto en la Dirección Nacional de Topografía el 29 de agosto de 1910, consta de una superficie de 339 metros con 70 decímetros que se deslinda así: 8 metros 50 centímetros al Suroeste de frente a la calle Municipio (Hoy según títulos calle Martín C. Martínez), 39 metros con 74 centímetros al Noroeste lindando con solares 3, 5 y 6 del mismo plano, 8 metros con 60 centímetros al Noreste lindando con más terreno de la manzana 1.016, y 40 metros 70 centímetros al Sureste lindando con terreno sin señalar. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en efectivo, cheque certificado o letra de cambio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce la existencia de deudas en relación al inmueble referido por concepto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, y demás tributos departamentales; en relación al B. P. S. se desconoce la situación tributaria y/o contributiva. 5) Que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados necesarios para la escrituración. 6) Que se desconoce el estado ocupacional del inmueble. 7) Que se desconoce la regularidad de las construcciones y/o existencia de las mismas. 8) Que no luce inscripto el Certificado de Resultancias de Autos de Washington Silva Carrasco expedido el 14 de noviembre de 2011 por la Escribana Susana Chao. 9) Que no surge de autos que se haya tramitado sucesión por el demandado Pablo Marcelo Silva Artigas, el que es sucedido en los presentes por su presunta heredera Josefina Silva Rojas. 10) Que no surge de autos que se haya tramitado sucesión por la actora Alicia Silvera Pereyra, la que es sucedida en los presentes por sus presuntas herederas: Shirley Marlen o Marlene, Reina Victoria y Blanca Inés Silva Silvera. 11) Que en informe de la Comisión de Derecho Civil de la Asociación de Escribanos del Uruguay glosado en autos, se sugiere el otorgamiento de una escritura de Declaratoria, ya que existen errores aritméticos en los negocios jurídicos que conforman el proceso dominial del inmueble que se pretende subastar (no imprescindible). 12) Se advierte la facultad del Rematador prevista en el art. 386 del C.G.P. en la redacción dada por la Ley 19.090. 13) Que el mejor postor tendrá un plazo de 20 días corridos, para abonar el saldo de precio, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 14) Que el bien inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación reseñada ut supra y de la información registral glosada en autos, los cuales están a disposición de los interesados en la Sede Judicial para su consulta, sita en Av. Gral. Rondeau 1750 esquina Valparaíso, Planta Baja. La diligencia referida deberá efectuarse tomando en cuenta las precauciones y recomendaciones divulgadas por la autoridad sanitaria (M. S. P.) Y a los efectos legales se expide el presente en Montevideo, a los 24 días de mes de julio de 2020. 
 
Montevideo, 24 de julio de 2020.
MARÍA ELISA ALVÁREZ PEÑA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 7548 1/p 12735 Jul 27- Jul 27
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