Fecha de Publicación: 24/07/2020
Página: 76
Carilla: 76

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
VIGESIMOPRIMER TURNO

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Primera Instancia de Familia de 21° Turno, dictada en autos: "FRIONI BENAVIDES, ELIANA BERTHA O ELIANA BERTHA MARIA LOLA FRIONI BENAVIDES.- SUCESIÓN, HERENCIA YACENTE" IUE 2-103768/2011, se hace saber que el próximo jueves 06 de agosto de 2020 a las 15:30 horas en el local de la Avenida Uruguay 826, por intermedio del Martillero Pablo Lakierovich, Matrícula N° 5780, RUT 215178070018, en acto presidido por la Sra. Alguacil de la Sede se procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en moneda nacional del siguiente bien inmueble: Unidad 1103 que forma parte del edificio de propiedad horizontal denominado "BARÓN DE RÍO BRANCO", incorporado de acuerdo a la Ley 10.751 y concordantes, según permiso de construcción número 110.357, sito en el Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, en zona urbana, padrón matriz 5361, antes padrón 225.501, que según plano de mensura del Agrimensor Natalio Bielli de fecha 18 de junio de 1963 inscripto en la Dirección General de Catastro el 26 de junio de 1963 con el número 46.445, consta de una superficie de 279 m² 35 dm², con frente de 13 m 10 cm al Sur a la Avenida 18 de Julio, y 21 m 36 cm de frente al Oeste siendo esquina a calle Río Branco, estando señalado su número de puerta con el número 1358. La unidad 1103 se encuentra empadronada individualmente con el número 5361/1103 y conforma al plano de fraccionamiento horizontal del Agrimensor O. Nelson Gepp, de marzo de 1967, cotejado por la Dirección de Edificación del Municipio de Montevideo el 27 de junio de 1967 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 29 del mismo mes y año, con el número 57.231, se ubica en el décimo primer piso, a cota vertical más 34,72 m, con una superficie de 38 m² 16 dm².- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la Comisión del Rematador más IVA, o sea el 3.66% del precio del remate en el acto, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 de inclusión financiera y demás disposiciones reglamentarias y en pesos uruguayos, debiendo depositar el saldo de precio dentro de los 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni semana de turismo. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados y demás que la Ley pone a su cargo. 3°) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador más IVA o sea el 1,22% sobre el precio de remate, así como los gastos de remate. 4°) Que la documentación agregada para el estudio de títulos consiste en testimonios. 5°) Que se ignora la situación contributiva ante el BPS por construcciones. 6°) Que se ignora la situación ocupacional del bien así como la existencia de deudas por tributos. 7°) Que el mejor postor deberá cumplir en todo el proceso con las previsiones de la Ley 19.210, sus modificativas y decretos reglamentarios. 8°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y los certificados registrales. 9°) Que toda la documentación relativa al juicio se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado sito en Rondeau 1750 4° piso, esquina Valparaíso. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 20 julio de 2020.
Los certificados registrales fueron expedidos el 9 de julio de 2020. Esc. ALMA MALDONADO, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 6324 1/p 12618 Jul 24- Jul 24
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