Fecha de Publicación: 16/05/2019
Página: 144
Carilla: 144

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

                             EDICTO DE REMATE

Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia de Artigas de Tercer Turno, dictada en autos caratulados: "B.R.O.U. c/ LIMA LIBONATTI, Mauricio Eduardo. Ejecución en vía de apremio" I.U.E. 461-63/2016, se hace saber que el día 23 de Mayo de 2019 a la hora 14 y 30 en el local sito en By Pass de Ruta 30 Km 130, predio de la empresa AYBEN, se procederá por intermedio del Rematador Fernando González, matrícula 4294, R.U.T. 21192332001, en acto presidido por el Sr./ Sra. Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los siguientes bienes: MAQUINARIA DE GOMERIA: 1) Compresor BALMA NS-500, año 2012, Lot: ITR0690786, Cod. 4116020024 Motor 10 HP, 350 lts, presión 250 lbs. 2) Desmontadora John Bean T3000 año 2011, con brazo auxiliar John Bean MH 320, N° de serie 0211.6022516.476. 3) Rampa AUTOPRO STD-7630B con motor hidráulico eléctrico. Modelo YL902-2, capacidad 2,7 toneladas. 4) Balanceadora REMA Tip Top Probalance 725 portátil con pick up REMA Tip Top Probalance para camiones. Año 2011. Modelo P725P. Serie N° 1104015102724. 5) Desenllantadora GORGHI, modelo JOLLY, año 1998, serial N° 8043790. 6) Balanceadora GRUPO ITALMAQ, modelo YLB801, año 2010, N° 2020101221011. 7) Balanceadora ITALMAQ, serie N° 11050511. 8) Desenllantadora AUTO PRO APA 850TI automática con sistema TI, Item N° E4880, N° 0409167. 9) Desenllantadora AUTO PRO semiautomática, serie N° 2996310402271. 10) Elevador asimétrico trifásico, capacidad 3,2 toneladas, ítem STD6132, N° TP712253. 11) Desenllantadora AUTOPRO, agrícola, automática, 10 HP, N° 2303220400289. 12) Balanceadora CEMB K7 con cubre rueda K7, N° 0605054304505. 13) Desenllantadora GORGHI modelo 101230150. 14) Compresor SCHULZ 5 HP 250 lts. Presión 175 lbs. N° serie E/071050. CAMION HYUNDAI: Modelo MIGTHY 2.5, año 1996, chasis N° VMFGA17FPTC104108, motor diésel N° 0492061, caja metálica con barandas bajas, rebatibles, mitad de la misma con techo, equipada para taller ambulante, 6 neumáticos, padrón N° 3096, matrícula GTC 1474. INMUEBLE PADRON 4840: Fracción de terreno con su edificio y demás mejoras que le acceden ubicada en la localidad catastral Artigas, antes primera sección judicial del departamento de Artigas, zona urbana, manzana catastral 211, empadronado con el número 4840, señalada con el número 2 en el plano del Agrimensor Arsenio Nunes, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas con el número 1249 el día 25 de Octubre de 1956, del cual surge que tiene una superficie de 131,7472 metros cuadrados según título, y se deslinda así: al SUR una línea de 24 mts. 59 cm. sobre la Avenida Circunvalación, al SUROESTE por ser esquina 40 cm. sobre calle Rincón; al NOROESTE 21 mts. 56 cm. con Pedro M. Martínez y al NORESTE 12 mts. 24 cm. con la fracción número 1 del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña conforme a los medios de pago admitidos por la ley 19.210, su modificativa Ley 19.487 y decretos reglamentarios, en dólares americanos a cuenta del precio. 2) Que será de cargo del mejor postor la comisión del Rematador e impuestos de la siguiente forma: Muebles: 12,2% y del expediente la comisión de venta o sea el 2,44% así como el impuesto municipal del 1%. Inmueble: el 3,66% y del expediente la comisión de venta o sea el 1,22% así como el impuesto municipal del 1%. 3) Serán de cargo del mejor postor los certificados, gastos y honorarios de escrituración; las tasas municipales e impuestos tanto nacionales como municipales. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien inmueble así como si mantiene deudas por concepto de contribución inmobiliaria y del impuesto a Primaria. 5) Que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en la ley 19.210, su modificativa ley 19487 y decretos reglamentarios. 6) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria. Los bienes se rematan en la situación jurídica y legal que se desprende de la múltiple documentación agregada en autos y del informe actuarial y en el estado y condiciones en que se encuentra a la vista y sin reclamo. 7) La titulación del inmueble y del camión se encuentran en la sede a disposición de los interesados. A los efectos legales, se hace una publicación en el Diario Oficial y en un periódico local. Artigas 3 mayo de 2019. Esc. GABRIEL ARBIZA ROCHA, ACTUARIO ADJUNTO.
                            Única Publicación
 20) $ 7640 1/p 12520 May 16- May 16
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