Fecha de Publicación: 22/07/2020
Página: 67
Carilla: 67

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOQUINTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15° Turno, dictada en autos: "SURIL S.A. C/ NUMBERS S.A. Y OTRO EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 2-7278/2017, se hace saber que el día 11 de agosto de 2020 a las 15.00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, presidido por el Sr. Alguacil a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, los siguientes bienes inmuebles, los que se remataran en un solo lote: Dos fracciones de campo con sus construcciones y demás mejoras que le acceden ubicadas en la 6ª Sección Judicial del Departamento de Canelones, zona rural, Paraje Monte de Soria, empadronadas: a) con el No. 42.011, antes en mayor área con el No. 9.229, señalado con el No. 1 en el plano del Agr. Carlos Furriol de noviembre de 1925 inscripto en la Dirección de Topografía el 19 de noviembre de 1925 con el No. 91, con una superficie de 4 Has. 4.186 metros 72 decímetros que se deslinda así: 120 metros 20 centímetros de frente al Sureste a carretera a San Jacinto; 474 metros al Sur lindando con propiedad de Francisco Viglioni; 85 metros 68 centímetros al Oeste lindando con propiedad de Luisa Brian, servidumbre de paso por medio y 558 metros 60 centímetros al Norte con sucesión de Angela Brian y b) con el No. 9.230, antes señalado con el No. 8 en el plano del Agr. Carolos Furriol de mayo de 1916 y actualmente con el No. 1, 2 y 4 a 9 en el plano del Agr. Enrique Fajardo de marzo de 1946 inscripto en la Dirección General de Catastro el 25 de enero de 1946 con el No.3.229 con una superficie de 5 Has. 1.528 metros 10 decímetros y que por estar unidas se describen en dos lotes: i) solar 1 y 2: superficie: 2 Has 9.991 metros 93 decímetros y 3.765 metros 76 decímetros respectivamente, y en conjunto lindan: de frente al Sureste 78 metros 95 centímetros a carretera a San Jacinto existiendo en dicho frente línea de retiro de 15 metros de ancho; al Sur línea quebrada de 3 tramos a saber: el primero de 116 metros 33 centímetros corre en dirección Oeste, el segundo de 29 metros 48 centímetros corre en dirección Norte Sur y el tercero de 302 metros 4 centímetros corre en dirección Este Oeste, lindando los dos primeros con el solar 3 del mismo plano y el tercero con el Padrón 18.905; al Oeste 85 metros 21 centímetros lindando con el Padrón 9.226 y al Noreste 473 metros 1 centímetro con Padrón 9.229; ii) solar 4, 5, 6, 7, 8 y 9 superficies 3.862 metros 22 centímetros; 3.069 metros 25 decímetros, 2.229 metros 91 decímetros, 2.864 metros 57 decímetros, 2.867 metros 10 decímetros y 2.877 metros 45 decímetros y que por estar unidos en conjunto se deslindan así: 120 metros 60 centímetros al Noroeste de frente a carretera a San Jacinto, 164 metros 9 centímetros al Noreste lindando con Padrón 9.229, 85 metros 56 decímetros al Este-Sudeste de frente a la calle publica y 251 metros 22 centímetros al Suroeste con Padrón 10.951. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% al momento de bajarle el martillo, en dólares estadounidenses y con los medios de pago autorizados por las leyes 19.210, 19.478 y sus Decretos Reglamentarios. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que existe deuda por Contribución Inmobiliaria y por Impuesto de Educación Primaria, únicos rubros imputables al precio hasta la fecha de la subasta. 5) Que se desconoce la existencia de deuda con B.P.S. por construcciones y la situación ocupacional de los bienes. 6) Que el mejor postor deberá consignar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 7) Que los bienes se rematan en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y del expediente, los cuales están a disposición de los interesados en la Sede Judicial para su consulta, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso primero. Y a los efectos legales se expide el presente. 
 
Montevideo, 21 de julio de 2020.
SUSANA del CARMEN FERNANDEZ VILA, Actuario.
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