Fecha de Publicación: 18/05/2018
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Carilla: 105

REMATES
PODER JUDICIAL
COLONIA
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL

EDICTO. Por disposición de la Sra. Juez de Paz Departamental de Colonia, se hace saber que el día viernes 1° de junio de 2018, a las 16.00 hs, en el local sito en la calle González Moreno s/n (frente a la cancha de Plaza) de la ciudad de Colonia del Sacramento, Departamento de Colonia, el Martillero Richard Brunelli, Matrícula n° 6260, RUT N° 040398890012, asistido por la Sra. Alguacil de la sede, rematara en pesos uruguayos, con la base de las dos terceras partes de su tasación, (la cual se dará a conocer el día del remate) y al mejor postor, las siguientes mercaderías: válvulas, resortes de válvulas, caja de pase, tablero exterior, llaves térmicas, tomas corriente, mochila, vestimentas, capuchones para tapar botellas, deflector de capot, repuesto de silla de ruedas, disco de freno con pastillas, tornillos para muebles, bisagras, cerraduras para muebles, aceite de rosa, y varios artículos más que surge de los siguientes AUTOS: 228-612/2017, 228-665/2017, 228-631/2017, 228-681/2017, 228-675/2017, 228-614/2017, 228-684/2017, 228-677/2017, 228-670/2017, 228-674/2017, 228-659/2017, 228-616/2017, 228-601/2017, 228-594/2017, 228-613/2017, 228-603/2017, 228-678/2017, 228-680/2017, 228-661/2017, 228-622/2017, 228-628/2017. SE PREVIENE:
I) El remate se efectuará en 21 lotes, donde se expedirá boleta contado a nombre del comprador. II) El mejor postor deberá consignar en el acto y en efectivo el 30% de su oferta más el 12,20% correspondiente a comisión del Rematador e IVA. III) Que serán de cargo del expediente, los gastos del remate, la comisión de venta del Rematador e impuesto, o sea, el 2,44% del precio del remate, así como, el impuesto Ley 12,700 Impuesto Municipal 1%, más partidas accesorias y los gastos que puedan originarse por el traslado de la mercadería al lugar del remate. IV) Las mercaderías se rematará en el estado material en que se encuentran, no habiendo lugar a reclamaciones de ninguna índole. V) La mercadería de cada expediente se rematara en un solo lote. VI) Una vez concluido el remate, las mercaderías quedarán a cargo de quien resulte mejor postor, quien deberá abonar el saldo y hacer efectivo su retiro el día de la subasta. VI) Los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en el referido juzgado. A los efectos legales se hace ésta publicación. Colonia, 04 de mayo de 2018. Dra. Nicole Sturla, JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL.
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 20) $ 3154 1/p 12252 May 18- May 18
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