Fecha de Publicación: 16/05/2019
Página: 143
Carilla: 143

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSEGUNDO TURNO

                             Remate Judicial
                            Rdor. Mario Flores
                          Tel. cel. 099 432 412

EDICTO: Por disposición del Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 12°Turno, en autos caratulados "LIBERMAN, BERNARDO y OTROS C/ SUCESORES DE NOLI BRUNO, FRANCISCA y OTROS". EJECUCIÓN DE HIPOTECA. IUE 2- 44207/2008", se hace saber que el próximo 28 de mayo de 2019, a partir de las 14.30 hs. en el local de la calle Uruguay 826, el martillero MARIO FLORES, Matrícula N° 5357, R.U.T. 213975200016, sacará a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses, y al mejor postor los siguientes bienes inmuebles: Dos fracciones contiguas de terreno, con los edificios, construcciones y demás mejoras que le acceden, sitos en la 1ª. Sección Judicial del Departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado, zona urbana, 1) el padrón N° 1934, segregado del padrón N° 1933 en mayor área señalado con el número 2 de la manzana letra "B" en el plano suscrito por el Agrimensor Héctor Carlomagno de enero de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 863 el 6 de mayo de 1946, según el cual se compone el padrón de un área de 900 metros cuadrados, que lindan: 60 metros al Norte de frente a calle de 17 metros de ancho por medio con manzana letra "A" del mismo plano, entre las calles Martiniano Chiosi y calle de 17 metros; 30 metros al Este lindando con solar 3; 60 metros al Sur de frente a Plaza y 30 metros al Oeste lindando con solar 1 y, 2) el padrón N° 1935 segregado del padrón N° 1933 en mayor área señalado con el número 3 de la manzana letra "B" en el plano suscrito por el Agrimensor Héctor Carlomagno de enero de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 863 el 6 de mayo de 1946, según el cual se compone el padrón de un área de 900 metros cuadrados, que lindan: 60 metros al Norte de frente a calle de 17 metros de ancho por medio con manzana letra "A" del mismo plano, entre las calles Martiniano Chiosi y calle de 17 metros; 30 metros al Este lindando con solar 4; 60 metros al Sur de frente a Plaza y 30 metros al Oeste lindando con solar 2. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque cruzado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios modificativos en el acto de remate y el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto que lo aprueba, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo (art. 387.2 literal f del C.G.P. en la redacción dada por la Ley 19.090); también en el acto de serle aceptada la oferta deberá pagar la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador (1%) más el IVA del precio de remate, más el Impuesto departamental Ley 12.700 (1%), totalizando 2,22% del precio de remate; así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 3) Se sacará a remate en primer término el padrón N° 1934 y en segundo término el padrón N° 1935. 4) Los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del mejor postor. 5) Sólo son imputables al precio de la subasta, los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria) que se adeudaren a la fecha del remate (I.T.P. e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura). 6) La titulación y antecedentes de los padrones N° 1934 y N° 1935 del departamento de Maldonado se aportaron a través de testimonio notarial. 7) Tanto el mejor postor como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 387.5 del CGP y su remisión al art. 71 del CGP. 8) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 9) Existe deuda con la Intendencia de Maldonado por contribución inmobiliaria por ambos padrones desde el año 2004 a la fecha y también deuda del Impuesto a Primaria por ambos padrones desde el año 2011 a la fecha. 10) Existe juicio de la comuna de Maldonado respecto de ambos padrones. 11) Se ignora el actual estado y monto de deudas por Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria o cualquier otra que gravaran los bienes. 12) Los bienes se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de la información registral y la documentación presentada. Los antecedentes de este juicio se encuentran a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3°, en horario de oficina. A los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 7 de Mayo de 2019. GABRIELA HORMAIZTEGUY, ACTUARIA.
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 20) $ 8404 1/p 12251 May 16- May 16
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