Fecha de Publicación: 25/05/2016
Página: 63
Carilla: 63

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
TERCER TURNO

                              GUSTAVO IOCCO
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición del Señor Juez de Paz Departamental de 3° Turno, dictada en autos caratulados: "MAY GARAYALDE LUIS RAUL C/ SUCESORES DE MICHOELSSON NUÑEZ AUDEMAR Y GRASSENI TURCONI MARTHA LUCIA A. JULIO HEBER, IBER Y EDISON GREGORIO MICHOELSSON NUÑEZ Y A. MARIA IBER BARRERA MICHOELSSON - J. EJECUTIVO - Ficha 2-64159/2005, se hace saber que el próximo 14 de junio a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal 003, que forma parte del edificio construido en un solar de terreno sito en la 15ª sección judicial de Montevideo, padrón matriz 29.568, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrim. Hugo Alberto Lluberas de diciembre de 1975, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el N° 82.404 el 17 de febrero del corriente año, consta de una superficie de 251 mts. 29 dmts., con 19 mts. 92 cmts. de frente al NO a la calle Cipriano Payán y 12 mts. 67 cmts. de frente al SO a la calle Gabriel Pereira, por ser esquina. El departamento 003 está empadronado con el N° 29.568/003 y según plano citado se ubica en Planta Baja a cota más 2 mts. 20 cmts. y tiene una superficie de 50 mts. 18 dmts. Le corresponde el uso exclusivo de la terraza E (bien común) SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña en efectivo o letra de cambio el 10% de su oferta al bajarse el martillo. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A - o sea- el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que se desconoce el estado del inmueble en relación a su estado ocupacional. 5°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, los títulos e información registral adjunta. 6°) Que existen deudas de tributos y se efectuaran los descuentos tributarios que autoriza la ley expresamente e imputados al precio (art. 387.2 lit f). 7°) Que no surgen sucesiones de los últimos titulares del bien. 8°) Que se designó defensora de oficio por los sucesores demandados en autos. 9°) Que los antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Zabala 1367, piso 3°. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 20 de Mayo de 2016. ANA GUTIERREZ VELAZQUEZ, ACTUARIA de JDOS. PAZ.
                            Única Publicación
 20) $ 3432 1/p 12224 May 25- May 25
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