Aviso de Remate N° 12191/025
Fecha de Publicación: 28/05/2025
Página: 58
Carilla: 58
REMATES
PODER JUDICIAL
CERRO LARGO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE RÍO BRANCO
PRIMER TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Río Branco de 1° Turno, dictada en autos: "MUÑOZ E HIJOS RB LTDA C/-ALVAREZ ACOSTA, LORENA-ALVAREZ ACOSTA, ESTEFANI-ACOSTA FRANCIA, DINAMARALVAREZ RODRIGUEZ, DIELMAR ALFEO VIA DE APREMIO" IUE 615-64/2020, se hace saber que el día 13 de Junio de 2025 a la hora 14, en puertas del Juzgado Letrado de Rio Branco , calle Virrey Arredondo 1054, el martillero Francisco Daleiro, matricula 5738, sacara a la venta en pública subasta, sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses, asistido por la señora Aguacil , el siguiente bien que se describe: Solar de terreno con construcciones ubicado en la localidad catastral Rio Branco, zona urbana, departamento de Cerro Largo, empadronado con el número SETECIENTOS SETENTA Y UNO (771), antes padrón 50 en mayor área, que se señala como la Fracción 1 de la Manzana 8 en el plano del Agrimensor José B. López del 3 de setiembre de 1959, aprobado por la Junta Departamental de Cerro Largo según resolución del 7 de diciembre de 1959 e inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo el 10 de diciembre de 1959 con el número 1764, según el cual posee una superficie de trescientos tres (303) metros seis mil trescientos veintiocho (6.328) centímetros cuadrados y se deslinda así: al Noroeste 5,27 metros con frente a calle General Artigas, distando su punto más extremo 43,24 metros de la esquina formada con la calle 25 de Mayo; al Noreste 49,69 metros lindando con parte de Jose Felix Martínez; al Sureste 6,35 metros lindando con parte de Sucesión de Francisco Larrandaburu; y al Suroeste quebrada de tres rectas de 40,55 metros la primera, 28 centímetros la segunda y de 9,14 metros la tercera, lindando con la fracción 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30 % de la oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña más comisión e impuestos del rematador que se integraran conforme a lo establecido por la ley de inclusión financiera, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las 1.000.000 de UI se hará efectivo mediante letras de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una Entidad Bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes nro. 19210, 19478, 19732, sus decretos reglamentarios y la ley nro. 19889. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos de remate, así como los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes. 3) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 4) Se desconoce si existen deudas de contribución inmobiliaria y primaria, que por ser necesarios para su escrituración se podrán imputar al precio. 5) Los bienes se rematan en las condiciones materiales en que se encuentran actualmente y que surgen del expediente y de los testimonio de los títulos de propiedad, antecedentes y planos que están en la Sede a disposición de los interesados 6) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, el cual no se interrumpe por ferias judiciales ni semana de turismo. Dicha cancelación debe realizarse y documentarse en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 40 ley 19210 y decretos reglamentarios.
Río Branco, 21 de mayo de 2025.
CARLOS ARIEL DA SILVA GREQUE, Actuario.
Única Publicación
20) $ 7793 1/p 12191 May 28- May 28
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