Fecha de Publicación: 21/05/2024
Página: 421
Carilla: 421

REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS PIEDRAS
CUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Las Piedras de 4° Turno, dictada en autos: "STRATTA,JOSE IGNACIO C/ FALCONI, CESAR Y OTRA - JUICIO EJECUTIVOHOY: VÍA DE APREMIO" IUE 172-962/2001, se hace saber al público que el día 10 de Junio del 2024, a las 14 y 30 horas y en el local de remates sito en Pérez Aguirre (Ruta 48), esq. Omar Paitta, de la ciudad de Las Piedras; se procederá por intermedio del martillero Abel Vicente Lapizaga, mat.1573-Rut-080000270014, presidido por Sr. Oficial Alguacil de esta Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos, del siguiente bien: solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la localidad catastral Pando, séptima sección judicial del departamento de Canelones, empadronado con el número cinco mil novecientos noventa y tres, (5993), antes en mayor área 5993 y 258, señalado con el número cuatro en el plano del Agrimensor Juan Carlos Peluffo, inscripto en la Oficina de Catastro de Pando con el número 3688 el 15 de marzo de 1973, compuesto de una superficie de trescientos sesenta metros treinta y un decímetros (360 metros 31 decímetros), que se deslinda de la siguiente manera: 13.05 metros al Sureste de frente a la Avenida Luis Alberto de Herrera, 30 metros 14 decímetros al Suroeste linda con solares 3 y 1, 17mts.04 decímetros al Noroeste con frente a la calle Transfiguración Iturria, y 20 metros 93 decímetros al Noreste con solar No. 5.- SE PREVIENE: I)Que el mejor postor deberá consignar el 10 % de su oferta en dólares, en el acto, transferencia bancaria, cheque certificado, por cualquiera de los medios previstos por la Leyes 19.210, 19.889 y decretos reglamentarios.- II) Será de cargo del adquirente, la comisión del martillero actuante, que es el 3 % más I.V.A., o sea 3.66 % sobre el precio de lo adquirido.- III)Que la demandada abonará una comisión del 1 % más IVA,(1.22 %), más 1 % del Impuesto Municipal, (Ley 12.700), en total 2.22 % sobre la venta.- IV) Que el mejor postor deberá consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y no será interrumpido por la feria judicial ni por semana de turismo.- V) Los tributos necesarios para la escritura se podrán descontar hasta la fecha del remate. VI) Se desconoce el estado regularidad de las construcciones, como asimismo el estado ocupacional del bien y adeudos por contribuciones frente a otros organismos, los que serán de cargo del comprador.- VII) No existe documentación original depositada en la Sede, siendo de cargo del mejor postor la gestión y obtención con el gasto consecuente de la documentación. VIII) También serán de cargo del adquirente, los gastos, impuestos y honorarios de escribano para la titulación del bien.-IX) Que los antecedentes están a disposición de los interesados en esta Sede Judicial, calle José Batlle y Ordoñez No.674.-A los efectos legales se hacen estas publicaciones.- 
 
Las Piedras, 16 de mayo de 2024.
NÉLIDA BEATRIZ HERNANDEZ VIDELA, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 6888 1/p 11882 May 21- May 21
Ayuda