Aviso de Remate N° 11825/025
Fecha de Publicación: 23/05/2025
Página: 143
Carilla: 143
REMATES
PODER JUDICIAL
FLORES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Flores de 2° Turno, dictada en autos: "BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY C/ SUCESORES DE LATEULADE TORRES, AMANDA BEATRIZ JUICIO EJECUTIVOARCHIVO 296/2008 SOBRE N° 3/16" IUE 254-672/2005, se hace saber que el día jueves 12 de Junio de 2025, a las 14 horas, en la calle Santísima Trinidad N° 467 de esta ciudad, el martillero José Servando Echeverría, matrícula 5477, RUT 070113390018, en diligencia que presidirá la Sra. Alguacil, procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares americanos del 50% indiviso del siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en el Departamento de Flores, Localidad Catastral de Trinidad, Padrón N° 3.692 antes en mayor área N° 60, que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Polícrates C. Braida del 3 de Mayo de 1954, inscripto en la Oficina de Catastro de Flores con el N° 423 el 16 de julio del mismo año, y se identifica como la fracción N° 5 y consta de una superficie de 308mts 16dm y se deslinda así: 14mts 35cm al Este de frente a calle Rivera; 21mts 475mm al Sur de frente a la calle Manuel Irazábal por ser esquina; 14mts 35cm al Oeste lindando con parte de la fracción N° 2; y 21mts 475mm al Norte lindando con fracción N° 4, siendo todas las fracciones referidas del mismo plano.- SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en el acto y por concepto de seña el 30% de su oferta en dólares americanos, si el precio total de lo rematado superare el 1.000.000 de unidades indexadas, el pago se hará con cualquiera de los medios de pago establecidos por la Ley de Inclusión Financiera, letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo así con la Ley 19.210 y 19.478 decretos reglamentarios, sus modificativas y en especial lo estipulado por la Ley 19.889 (LUC); II) Que se deberá integrar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contado a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate; III) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados, tasas municipales, la comisión de compra del Rematador más IVA (3,66%), y demás impuestos y gastos que la ley ponga a su cargo; IV) Que serán de cargo del demandado la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) e impuesto municipal (1%) del precio de remate y demás impuestos que la ley ponga a su cargo; V) Que se desconoce la situación ocupacional del bien así como la existencia de deudas de construcción ante el BPS u organismos públicos; VI) Que solo podrán descontarse del saldo de precio los tributos necesarios para la escrituración (contribución y primaria); VII) Que se remata el inmueble en las condiciones materiales y jurídicas en que se encuentra sin derecho a reclamación alguna, así como toda la documentación incorporada en autos, la que está a disposición de los interesados en la Oficina de esta Sede sito en la calle Luís A. de Herrera 691 de esta ciudad, quedando a cargo de los interesados toda averiguación complementaria.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Trinidad, 22 de mayo de 2025.
MARÍA EUGENIA BIZIO BENÍTEZ, Actuario.
Única Publicación
20) $ 7473 1/p 11825 May 23- May 23
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