Fecha de Publicación: 26/05/2026
Página: 254
Carilla: 254

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL
CUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Salto de 4° Turno, dictada en autos: "SANCHEZ, MARIA JOSE Y OTRO C/ MALAQUINA, FEDERICO. DEMANDAD EJECUTIVA" IUE 2-34460/2023, se hace saber que el día 03 de junio de 2026, a la hora 15, en el hall del Juzgado, calle Artigas 1015 (Salto), el martillero Pablo Teixeira, matrícula 4333 RUT 160100030017, asistido de la Sra. Alguacil de la Sede, procederá a vender en pública subasta, en dólares USA, sin base y al mejor postor, el 12,5% indiviso del siguiente bien inmueble: fracción de terreno con las mejoras que le acceden, ubicado en la localidad catastral Salto, zona urbana, empadronado con el número 12038, el que fue conformado por la fusión de los padrones 12038, 19213 y 19214, según plano del Agrimensor Hugo Lanza del 09.02.1993, el cual fue inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto con el N° 8196 el 31.03.1993, según el cual consta de una superficie de 2.118 metros 86 decímetros cuadrados, y se deslinda así: al Noreste: 52,90 metros de frente a calle pública; al Noroeste: 32,50 metros; al Suroeste: dos rectas de 55,10 metros y 9 metros también de frente a calle pública; y al Sureste: tres rectas de 22,40 metros, 20,20 metros, y 22,10 metros. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto del remate el 30% de su oferta de conformidad con lo dispuesto por el Art. 387.2 del CGP en carácter de seña, más la comisión e IVA de compra del Señor martillero, así como también el impuesto municipal (4,66%). 2) Será de cargo del expediente la comisión e IVA de venta del Sr. rematador. 3) Se desconoce si el bien mantiene deuda ante la Intendencia de Salto y ante DGI por Impuesto de Enseñanza Primaria, así como la situación ocupacional del mismo, su situación tributaria ante BPS, y si mantiene deudas con algún organismo público. 4) Se previene lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del Art 390 del CGP. 5) El pago de la seña, así como del saldo de precio, deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la Ley 19210 en su actual redacción. 6) Será susceptible de imputarse al precio lo adeudado por contribución inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha de remate, IRPF e ITP correspondiente a la parte vendedora. 7) El mejor postor como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta, de conformidad a lo establecido por el Art. 387 del CGP y su remisión al Art. 71 del mismo cuerpo normativo. 8) El plazo para consignar el saldo de precio, será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por feria judicial ni turismo. 9) El bien no cumple con el Art. 178 de la Ley 17296 sobre caracterización urbana. 10) Que la cónyuge supérstite Ana Teresita Farfalla ha hecho opción del derecho real de uso y habitación sobre el inmueble padrón 12038. 11) El bien se remata en las condiciones materiales y jurídicas emergentes del expediente (en especial de la documentación e información registral que se encuentran en la Sede a disposición de los interesados). 12) Que el estudio de títulos se realizó con documentación supletoria y no con primera copia. 13) Que en la declaratoria de herederos del causante Eduardo Malaquina, el ejecutado es declarado heredero como Federico Gabril Malaquina. 14) Los títulos y antecedentes del bien se encuentran a disposición de los interesados en el Juzgado de Paz Departamental de Salto. 15) Que en la declaratoria de herederos de Eduardo Malaquina, se consignó como apellido materno de los herederos Faralla y no Farfalla. A los efectos legales se hace esta publicación.- 
 
Salto, 22 de mayo de 2026.
DIEGO COHEN LADO, Juez Paz Dptal. Int..
                            Única Publicación
 20) $ 9714 1/p 11686 May 26- May 26
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