Fecha de Publicación: 26/05/2026
Página: 255
Carilla: 255

REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Treinta y Tres, SE HACE SABER QUE: el día 9 de junio de 2026, a partir de la hora 15:00, en el local sito en calle Valentín Cossio 1468, de la ciudad de Treinta y Tres, el Rematador Francisco Daleira, matrícula 5738, asistido de la Señora Alguacil de ésta Sede, rematará en pública subasta sin base y al mejor postor, en moneda nacional, los vehículos y mercaderías varias que se detallan en los siguientes Expedientes: I)BARRETO, MILTON EDUARDO- PRESUNTA INFRACCIÓN ADUANERA- IUE413-612/2018 según Decreto N.° 100 de fecha 04/3/2026 - 1 auto Ford FIESTA año 1996 matrícula brasileña JNI9194 chásis 9BFZZZFHATB019217. II)SILVA, ALDO- VÍA DE APREMIO- IUE413-479/2020 según Decreto N.° 94 de fecha 27/2/2026 - 1 auto Fiat PALIO ED año 1997 matrícula brasileña AGR5475 chásis 9BD178016V0172696. III)INFRACTOR DESCONOCIDO- PRESUNTA INFRACCIÓN ADUANERA- IUE413-29/2026 según Decreto N.° 81 de fecha 23/2/2026 - 14 unidades de productos de Higiene Personal. IV)INFRACTOR DESCONOCIDO- PRESUNTA INFRACCIÓN ADUANERA- IUE413-32/2026 según Decreto N.° 78 de fecha 23/2/2026 - 4 Ventiladores de Pie. SE PREVIENE: 1)Que el mejor postor deberá consignar el 100 % de la oferta en el acto de serle aceptada la misma, el precio se integrará conforme a lo establecido por la ley de inclusión financiera, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superase las 1.000.000 de UI se hará efectivo mediante letras de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una Entidad Bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes N° 19210, 19478, 19732, sus decretos reglamentarios y la ley N° 19889. 2)Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos de remate, así como los gastos de estructuración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes. 3)Los bienes se rematan en las condiciones materiales en que se encuentran actualmente y que surgen del expediente el que queda a disposición para su consulta, desconociéndose la situación jurídica de los vehículos, posibles multas, deudas e interdicciones y gravámenes que lo afecten, de todo tipo de documentación y o sus titulares por tratarse de vehículos extranjeros. 4)Los bienes se rematan a la vista y sin reclamo de ningún tipo. 5)Que una vez concluido el acto del Remate, las mercaderías quedan a cargo de quien resulte mejor postor, quien deberá hacer efectivo su retiro en el día de la subasta. A los efectos legales se libra ésta publicación. Dra. P.Daniela NUÑEZ MORALES-JUEZA DE PAZ DEPTAL. INT. 
 
Treinta y Tres, 22 de mayo de 2026.
PAULA DANIELA NÚÑEZ MORALES, Juez Paz Dptal. Int..
                            Única Publicación
 20) $ 6643 1/p 11676 May 26- May 26
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