Fecha de Publicación: 17/05/2024
Página: 157
Carilla: 157

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMONOVENO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19° Turno, dictada en autos: "OPPENHEIMER BAUM, MIGUEL C/ DARKING S.A. Y OTROSJUICIO JECUTIVO DARKING S.A. Y OTROS JUICIO EJECUTIVO" IUE 39-358/2003, se hace saber que el próximo 6 de Junio de 2024 a las 14y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010 asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: I) solar con el edificio en él construido y demás mejoras que le acceden, sito en la 18ª sección judicial del Departamento de Canelones, localidad catastral Villa Argentina, empadronado con el N° 3.713, antes en m/á con el N° 19.279 y 25.405, señalado con el N° 7 de la manzana 16, en el plano de fraccionamiento del Agrim. Benjamín S. Castelli y Héctor Carlomagno de junio de 1956, inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 9820 el 30/10/1957, según el cual consta de una superficie de 577 m 48 dm y se deslinda así: da frente al SE con dos líneas curvas de 9 m 21 cm y 4 m 2 cm a la calle N° 17, y 15 m 1 cm de frente al SO, por ser esquina, a calle N° 8, estando unidas ambas alineaciones por una ochava curva de 9 mts. 47 cm; 34 m 29 cm al NO con solar 8 y 31 m 15 cm al NE con solar 6. II) derechos de promitente comprador de los padrones N° 16.915/003 y 16.915/004, que forman parte de un terreno con construcciones sito en la 19ª sección judicial del Departamento de Montevideo, zona urbana, empadronada con el N° 16.915, el que según plano del Agrim. Luis Díaz Sunhary de junio de 1968, inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 59.545 el 10/6/1968 tiene una superficie de 368 m 94 dm y se deslinda:8 m 59 cm de frente al SE a la calle Ramón del Valle Inclán, ex Guaviyú, donde su puerta de acceso está señalada con el N° 2437, entre las calles Blandengues y Domingo Aramburú, distando el punto medio de dicho frente 30 m 6 cm de la esquina formada con la última de las nombradas; al SO 42 m 95 cm colindando con padrón N° 16.914; al NO 8 m 59 cm lmitando con padrón N° 16.921 y al NE 42 m 95 cm lindando con los padrones Nos. 16.920, 16.919, 16.918, 16.917 y 35.352, respectivamente II.1). La unidad 003, padrón individual 16.915/003, se ubica en planta baja a cota vertical más 34 cm, tiene una superficie de 33,08m y le corresponde el uso exclusivo del patio aire y luz "H" (bien común). II.2) La unidad 004, padrón individual 16.915/004, se ubica en planta baja a cota vertical más 34 cm, tiene una superficie de 33,21m y le corresponde el uso exclusivo del patio aire y luz "G" (bien común)..SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, en dólares estadounidenses el 30% de su oferta así la comisión del rematador más IVA. 2°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que se desconoce el actual estado de ocupación de las propiedades a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubieran en ellas. 5°) Que solo podrá descontarse del precio de remate deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la subasta, no se podrá descontar los honorarios de los curules de las instituciones que recaudan dichos impuestos. 6°) Que con relación al padrón 3.713 de Canelones, el mismo se encuentra dentro del plan costa de oro, por lo que habrá que hacer el ofrecimiento a la IMC luego del remate.7°) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo a lo que refiera a las leyes 19.210,, ley 19.754 en la redacción dada por la ley 19.889 modificativas y decretos reglamentarios. 8°) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo, la cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.9°) Será de cargo del expediente la devolución de ITP e IRPF para el caso de corresponder cuando el mejor postor no sea el acreedor preferente.10°) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 2° piso de la ciudad de Montevideo, 
 
Montevideo, 19 de abril de 2024.
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 11662 1/p 11629 May 17- May 17
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