Fecha de Publicación: 08/05/2019
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Carilla: 63

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SÉPTIMO TURNO

                             REMATE JUDICIAL
                           Rdor. Assad Hajjoul
                      Tel. 29003099 Cel. 096 555 555
                           Sitio web: assad.uy

EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 7° TURNO, dictada en autos caratulados: "VIDAL AGUADÉ, ESTEBAN C/ DORNELLES TESSIS, SANTA y otro. EJECUCIÓN HIPOTECARIA", IUE 2-5075/2018 se hace saber que el 29 de mayo de 2019 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, en dólares americanos (US$) y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y mejoras que le acceden, sito en la Primera Sección Judicial del Departamento de Artigas, Localidad Catastral Artigas, zona urbana, manzana 121, empadronado con el número 4836 que según plano del Agrimensor Miguel A. Saldaña, de julio de 1976, aprobado por Resolución Municipal número 20700 de fecha 28 de setiembre siguiente, e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 4 de octubre del mismo año, con el número 824, se señala con el número 2, se compone de una superficie de 346 metros 5516 centímetros y linda: 8 metros 56 centímetros al Sureste frente a calle Aparicio Saravia; 40 metros 49 centímetros al Suroeste, con el solar 1 del plano; 8 metros 56 centímetros al Noroeste con el padrón 64 y 40 metros 48 centímetros al Noreste con los padrones 4864, 4277 y 5269. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, en dólares (US$) y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) Se desconoce la situación ocupacional del bien. 3) Según informe de la Intendencia Departamental de Artigas, el bien registra deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria y también registra deuda por concepto de Impuesto de Primaria, siendo los únicos rubros que el mejor postor podrá descontar del saldo de precio del remate. 4) Surge de la Cédula Catastral que el bien no cumple con el art. 178 Ley 17296. 5) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el Art. 40 de la Ley 19.210 y su decreto reglamentario. 6) No obra en la Sede la carpeta de las construcciones y que se desconocen posibles deudas con BPS por dicho concepto. 7) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 29 de abril de 2019. Esc. Jacqueline Chico Salgado, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 5921 1/p 11508 May 08- May 08
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