Fecha de Publicación: 21/05/2026
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REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS PIEDRAS
CUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Las Piedras de 4° Turno, dictada en autos: "''SCIUTTI, NOELIA C/ ARISTEGUI, PATRICIA. VÍA DE APREMIO" IUE 172-43/2019, se hace saber al público que el día 11 de junio próximo, a las 13 y 30 horas y en las puertas del Juzgado Letrado de Durazno de Tercer Turno, calle Eusebio Piriz 850 esquina 18 de julio, en Durazno, se procederá por intermedio de la martillera Stella Alejandra Lapizaga, Mat.7055- RUT-218764000018, asistida del Sr. Oficial Alguacil de esa Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayo, el cincuenta por ciento (50%) indiviso de la nuda propiedad del siguiente bien inmueble: fracción de terreno con construcciones y demás mejoras dominiales que le acceden, sita en la manzana 320 de la localidad catastral de Durazno, primera sección judicial, empadronado con el número dos mil doscientos ochenta y tres (2283), el cual según plano del Ing. Agr. Marcos A. Tiscordio de fecha 18 de noviembre de 1997, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro de Durazno, con el número 5940 el 18 de Diciembre del mismo año y que consta de una superficie individual de doscientos cincuenta metros veintiocho decímetros (250,28) y tiene el siguiente deslinde: Al Suroeste 13 metros 11 centímetros de frente a calle Fray Generoso Pérez, al Noroeste 19 metros 03 centímetros lindando con padrón 2282, al Noreste 13 metros 18 centímetros lindando con parte del padrón 2285 y al Sureste 19 metros 05 centímetros lindando con padrón 2284.- SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la misma, siendo también de su cargo la comisión del Rematador o sea el 3% más IVA sobre lo adquirido.- II) Para el caso que las posturas superen las 1.000.000 U.I., ellas se harán efectivas mediante Letra de Cambio, Cheque certificado o transferencia bancaria electrónica de una entidad bancaria de plaza, los pagos deberán efectuarse por cualquiera de los medios previstos por Leyes 19.210,19.889 y decretos reglamentarios. - III) Que la demandada abonará una comisión del 1 % más IVA, más el 1 % por Impuesto Municipal, (Ley 12.700), en total el 2.22 % sobre el precio martillado.- IV) Que el mejor postor deberá consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y no será interrumpido por la feria judicial ni por semana de turismo.- V) Se desconocen si existen adeudos por conceptos de contribución inmobiliaria e Impuesto de Primaria.- VI) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, como así también el estado ocupacional del bien, situación tributaria y estados de deudas frente a otros organismos.- VII) También será de cargo del adquirente los gastos, impuestos y honorarios de escribanos para la titulación del bien.- VIII) Que los títulos están a disposición de los interesados en esta Sede Judicial, sita en José Batlle y Ordoñez N° 674, de la ciudad de Las Piedras. 
 
Las Piedras, 13 de mayo de 2026.
NÉLIDA BEATRIZ HERNANDEZ VIDELA, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 7981 1/p 11333 May 21- May 21
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