Fecha de Publicación: 04/05/2015
Página: 52
Carilla: 52

REMATES
PODER JUDICIAL
COLONIA
JUZGADO DE PAZ
NOVENA SECCIÓN

                                  EDICTO

Por disposición del Juzgado de Paz de Juan L Lacaze, dictado en autos caratulados RODRÍGUEZ, SHIRLEY Y OTRO C/ SÁNCHEZ, RUBEN "CESACION DE CONDOMINIO", Fa. IUE 235-221/2013, se hace saber que el próximo 22 de mayo de 2015 a la hora 15:00, en las Puertas del Juzgado de Paz de Juan L Lacaze, el Rematador Público Aníbal Banchero, Mat. 5565, RUT 040266030016, asistido de la Sra. Alguacil Ad- Hoc de la Sede, rematará sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble, Solar con edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en la zona urbana de la Localidad Catastral Juan Lacaze, Novena Sección Judicial del Departamento de Colonia, manzana catastral 39, empadronado con el número 300, señalado como lote número 28 en el plano del Agrimensor Washinton Torterolo Segovia de Marzo de 1962, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro el 22 de Marzo del mismo año con el número 3151 y según el cual tiene una superficie de cien metros cincuenta y ocho decímetros, con frente a calle Rivera número de puerta 327.
SE PREVIENE: 1) La subasta se efectuara en Dólares Estadounidenses; 2) El mejor postor deberá consignar como mínimo el 20% de su oferta de serle aceptada la misma más el 3.66% por concepto de comisión e impuestos de la parte compradora; asimismo deberá consignar el saldo de precio dentro de los veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 3) La comisión e impuestos de la parte vendedora serán de cargo del expediente, correspondiendo al 1.22% más 1% de impuesto municipal Ley 12700; 4) El mejor postor deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado de Paz de Juan L Lacaze, así como también el segundo mejor postor; 5) El inmueble se encuentra desocupado; 6) Se desconoce la existencia de deudas de contribución inmobiliaria ante Intendencia de Colonia y sobre impuesto a primaria. 7) Se autoriza a imputar del saldo de precio los tributos adeudados que sean necesarios para la escrituración, 8) Los títulos de propiedad se encuentran depositados en la Sede Judicial, 9) A los efectos legales se efectúa una publicación.
Juan L Lacaze 24 de abril de 2015. Dr. SERGIO VITELIO, JUEZ DE PAZ.
                            Única Publicación
 20) $ 2460 1/p 11298 May 04- May 04
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