Fecha de Publicación: 03/02/2026
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Carilla: 233

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "KLEISNER JORGE HUGO C/KLEISNER JORGE.EJECUCIÓN DE SENTENCIA" IUE 2-25462/2016, Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8° Turno, dictado en autos caratulados "KLEISNER, Jorge Hugo c/ KLEISNER, Jorge", Ejecución de Sentencia, IUE 2-25462/2016, se hace saber que el día 10 de Marzo de 2026 a las 14.30 horas en Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Maximiliano Fain, Matrícula N°6.273, R.U.T. 216618120016, presidida del Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en el departamento de Montevideo, zona urbana, localidad catastral Montevideo, empadronado con el número 26.215, el que según plano del Agrimensor Roberto Ballefin Galeano, de noviembre de 1950, inscripto en la Dirección General de Catastro el 30 de Noviembre de 1950, con el número 23.313, según el cual tiene una superficie de 363 metros 60 decímetros (según títulos 371 metros 8.551 centímetros) y se deslinda así: Al sureste, 22,96 metros de frente a la calle Joaquín Velazco, estando señaladas sus puertas de entrada con los números 3203, 3207, 3209, 3211 y 3213; al suroeste, 13,55 metros, también de frente por ser esquina, a la calle Acosta y Lara, estando señaladas sus puertas de entrada con los números 2306 y 2306 bis; al noroeste, 30,92 metros con el padrón 26.214, y al noreste, 15,60 metros con parte del padrón 115.629. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, en el acto de serle aceptada su postura, así como la comisión al Rematador mas I.V.A (3,66%), suma que no integra la seña. Y si el precio total de lo rematado superase U.I 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del expediente la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 4) que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 5) Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 6) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 7) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales, ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo con la ley 19.210, modificativas y decreto reglamentario. 8) Que quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el art. 66 de la ley 18.308. 9) Que surge del último título de propiedad del bien que existe una diferencia de área con el plano. 10) Que no se pudo obtener la copia del mandato de fecha 10 de febrero de 1992 autorizado por la Notaria Marta Fehrmann en California Estados Unidos, protocolizado por el Escribano Eduardo da Cunda el 11 de marzo de 1992, utilizado en la compraventa del 23 de febrero de 2007. 11) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los tribunales, Pasaje de los derechos humanos 1309 1° piso de la ciudad de Montevideo. El mejor postor debera tener presente lo dispuesto por el inciso final del articulo 390 del CGP.- 
 
Montevideo, 02 de febrero de 2026.
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
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 20) $ 9348 1/p 1129 Feb 03- Feb 03
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