Fecha de Publicación: 15/05/2024
Página: 106
Carilla: 106

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
VIGESIMOCUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 24° Turno, dictada en autos: "PIFENUR S.A. c/ SEGOVIA CENTURION, GABRIELA - JUICIO EJECUTIVO COMÚN" IUE 2-39175/2020, se hace saber que el próximo 5 de Junio de 2024 a partir de las 15:00 hs en el local de la Uruguayana 3635, el Rematador MARIO MOLINA ALONSO Mat 5148 RUC: 213005240012, en diligencia presidida por la Alguacil se procederá al remate en pesos uruguayos, sin base y al mejor postor del siguiente vehículo automotor: Marca Renault, Modelo Oroch Dynamique 2.0 16V, Tipo Camioneta doble cabina c/ caja, año 2018, Motor F4RE412C093673, Chasis 93Y9SR5A6JJ092367, Combustible: NAFTA, empadronado en Montevideo con el N° 903172063 , Matrícula SCK 5443. SE PREVIENE QUE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 100% de la oferta , así como la comisión del rematador 10% más iva de la oferta en el acto; con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica desde banco de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210 y su decreto reglamentario y deberá consignar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados desde el día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate (art 387.2 lit F del C.G.P). 2) Serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 2,44%, así como los gastos del remate. 3) Que se desconoce el estado actual de conservación y funcionamiento del vehículo. 4) Según certificado SUCIVE de fecha 16/06/2023 existe deuda por patente, multas y CVU, se desconoce el monto actualizado y la existencia de otras deudas, las deudas por todo concepto serán de cargo del mejor postor. 5) El vehículo carece de SOA, inspección técnica vehicular y libreta. 6) Se carece de título inscripto, siendo la demandada titular municipal, en certificado notarial de la escribana Rosana María Puñales Techera de fecha 20/06/2023 en el cual controla procedencia del automotor, no se establece naturaleza de los derechos sobre el vehículo desconociéndose el estado civil de la demandada cuando adquirió el vehículo y en la actualidad. No se controla como hubo el automotor, ni luce agregado en expediente por ejemplo factura de compra y recibo lo que deberá ser valorado por el mejor postor. 7) El remate se realiza en las condiciones que surgen del expediente, con información registral al 02/05/2024 y la documentación presentada la cual se encuentra a disposición para ser consultada por los interesados, en la oficina del Juzgado, sito en la calle 25 de Mayo N° 500 de la ciudad de Montevideo y a los efectos legales se hacen estas publicaciones 
 
Montevideo, 13 de mayo de 2024.
NATALIA FERREIRA MERNIES, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 5918 1/p 11289 May 15- May 15
Ayuda