Fecha de Publicación: 09/07/2020
Página: 64
Carilla: 64

REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE LA COSTA
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 2° Turno, dictada en autos: "MENDEZ GARCIA, NELSON ARTURO Y FEOLA, MARILINA PARTICION FAMILIA" IUE 179-946/2010, Se hace saber que el 5 de Agosto de 2020, a partir de las 14:00 horas, en las puertas de la sede, por intermedio del Rematador HÉCTOR AIZPÚN APOLO, Matrícula N° 4298, RUT 190090630019 y en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, al mejor postor, en dólares americanos y sobre la base de las dos terceras partes de su tasación (base: U$S 80.000), del siguiente bien inmueble: Solar y demás mejoras que le acceden ubicado en la décimo novena sección judicial del departamento de Canelones, paraje Balneario El Pinar", zona sub urbana, empadronado con el número TREINTA Y UN MIL TRECIENTOS SETENTA Y NUEVE. (31.379), el que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Walter Roy Harley enero de 1963, aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 17 de febrero de 1967 e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el número 2.609 el 9 de marzo de 1977, se señala con el número 10 de la manzana J15 y tiene una superficie de quinientos cuarenta metros cuadrados, y se deslinda de la siguiente manera: 15 metros al Noreste de frente a la calle 17 metros, 36 metros al Sur lindando con el solar número once, 15 metros al Oeste lindando con el solar número dieciocho, y 36 metros al Norte lindando con el solar número nueve, todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto de la subasta el 30% del precio ofertado por concepto de seña por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera y su decreto reglamentario; 2) También en el acto deberá pagar la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66% IVA incluido, más demás tributos y gastos que por ley le corresponden; 3) Que serán de cargo del expediente la comisión de vendedor o sea 1,22 % IVA incluido y el impuesto municipal Ley 12.700 (1%); 4) Se desconoce la situación de conexión de saneamiento; 5) Existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria; 6) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento de la subasta; 7) El plazo para consignar el saldo del precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. El pago del saldo del precio deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Lay 19.210 y su Decreto Reglamentario; 8) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente. Los títulos, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina actuaria del juzgado sito en Av. Luis Giannattasio Km. 23, Ciudad de la Costa. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Se hace saber que los asistentes deberán cumplir con las recomendaciones de la autoridad sanitaria vigentes a la fecha de realización de la subasta. 
 
Ciudad de la Costa, 07 de julio de 2020.
SILVIA LAURA VENCE PÉRINI, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 5712 1/p 11144 Jul 09- Jul 09
Ayuda