Fecha de Publicación: 20/05/2026
Página: 173
Carilla: 173

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "GOMEZ, WASHINGTON c/ VILA, FERNANDO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA." IUE 2-10393/2020, Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8° Turno, dictada en autos caratulados "GOMEZ, WASHINGTON c/VILA, FERNANDO - EJECUCION HIPOTECARIA", IUE 2-10393/2020, se hace saber que el próximo 11 de junio de 2026 a las 15 y 30 horas en el Local de Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula N°2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público de la mitad indivisa del bien padrón N°57.160/004 del Departamento de Montevideo, sin base, al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien Inmueble: Unidad de propiedad horizontal señalada con el N°004 que forma parte del Edificio emplazado en un terreno sito en la localidad catastral y departamento de Montevideo, empadronado con el N°57.160 que según plano del Agrimensor Nelson Villagrán de agosto de 1962, inscripto en la DGC con el N°45.897 el 17/4/1963 consta de una superficie de 448m 8dm y se deslinda así: 17m 18cm al SE de frente a la calle República Francesa, entre las de Juan M. Gutiérrez y Húsares, distando su punto medio 25m 97cm de la esquina que forma con la nombrada en último término; 25m 98cm al SO con el padrón 57.159; 17m 18cm al NO con parte del padrón N°122.807; y 27m 21cm al NE con el padrón N°57.161.- La unidad 004 padrón individual N°57.160/004 según plano citado se ubica en Planta Baja a cota vertical más 0m 23cm y se integra del apartamento 004 con una superficie de 44m 67dm y el depósito 004 que consta de una superficie 4m 77dm. Área total: 50m 20dm; correspondiéndole el uso exclusivo del patio G.0 .- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta en dólares americanos, en el acto, al bajarse el martillo, mediante transferencia bancaria de plaza, letra de cambio o efectivo hasta U.I. 200,000 más la comisión más IVA de compra del Rematador o sea el 3,66% respectivamente del precio del Remate.- 2°) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo.- 3°) Que será de cargo del expediente la comisión más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate.- 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad.- 5°)Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante BPS e Intendencia de Montevideo.- 6°)Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria.- 7°) Que la seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios.- 8°) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate; y en el y que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remtate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y decreto reglamentarios.- 9°) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el Art.66 de la Ley 18.308.- 10°) Que en el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al art. 178 de la Ley 17.296.- 11°) Que se desconoce la existencia de gastos comunes.- 12°) Que el mejor postor deberá tener presente lo dispuesto por el Art. 390 inciso 2 y 3 del CGP.- 13°) Que la subasta se realiza en las condiciones materiales y jurídicas que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de Los Derechos Humanos 1309 piso 1° de la ciudad de Montevideo. 
 
Montevideo, 15 de mayo de 2026.
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 11355 1/p 11136 May 20- May 20
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