Fecha de Publicación: 06/05/2022
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Carilla: 63

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
VIGESIMOTERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 23° Turno, dictada en autos: "AIELLO VANESSA C/ AIELLO SALVADOR PARTICION" IUE 64-77/2018, se hace saber que el día 27 de mayo 2022 a las 13.30 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, asistido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: inmueble empadronado con el No. 11.282 ubicado en el Departamento de Maldonado, localidad catastral del mismo nombre, zona urbana, se describe según el plano del Agrimensores Marcelo Casciani y J. Suarez, inscripto en la Oficina de Catastro de Maldonado el 29 de diciembre de 1969 con el número 5480, se señala como solar 44 de la manzana 68, consta de una superficie de 646 metros 18 decímetros, y se deslinda así: al Noroeste 17 metros de frente a la calle numero Treinta y Uno, lindando al Noreste36,07 metros con solar 43, al Sureste 18 metros con solar 8 y al Suroeste 37,28 metros con solar 45, todos los solares del mismo plano. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante transferencia bancaria, letra de cambio o en efectivo hasta U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón). Todo exceso del de este último valor se hará efectivo mediante letra de cambio, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que existe deuda por Tributo de Enseñanza Primaria y contribución Inmobiliaria, únicos tributos que podrán descontarse hasta la fecha del remate. 4) Que se ignora la situación ocupacional del bien y si existen deudas por construcciones. 5) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo, debiendo cumplirse con la Ley 19.210, sus modificativas, concordantes y decreto reglamentario. 7) Que el estudio de títulos se ha hecho en base a testimonios notariales de los mismos y antecedentes, plano de mensura, así como a los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de este Juzgado Uruguay 1030 piso 2°. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Montevideo, 05 de mayo de 2022.
ADRIANA MARÍA VAZQUEZ FRESCO, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 6170 1/p 11135 May 06- May 06
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