Fecha de Publicación: 02/05/2019
Página: 70
Carilla: 70

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
PRIMER TURNO

Edicto: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 1er. Turno, dictado en autos caratulados "PINNEJAS, IVONNE Y OTRO C/ SARUTTE FONTANA, ABRAHAM o ABRAHAN Y OTRO - Ejecución de Hipoteca, IUE 2-25507/2018, se hace saber que el día 28 de mayo de 2019 a las 14.00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328 R.U.T. 213918210016, presidida del Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares, sin base y al mejor postor, los siguientes bienes inmuebles, los que se remataran individualmente: Tres unidades de Propiedad Horizontal: 001, 002 y 003, que forman parte de un edificio sito en un solar de terreno ubicado en la localidad catastral Mercedes, Departamento de Soriano, padrón matriz No. 4.670, y que según plano de mensura y propiedad horizontal del Ing. Agr. Carlos A. Magano Ferro, de fecha 8 de agosto de 2007, inscrito en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Soriano, con el No. 9.199 el 4 de octubre de 2007, consta de una superficie de 514 metros 60 decímetros, teniendo al Sur 40 metros 21 centímetros de frente a calle Flores y al Oeste 13 metros 84 centímetros también de frente a Av. Gral. Juan Antonio Lavalleja por ser esquina, uniendo ambos frentes ochava recta de 2 metros 61 centímetros. Las unidades según el plano de referencia se describen de la siguiente forma: a) casa 001 padrón individual No. 4.670/001, se ubica en Planta Baja a cota vertical menos 0 metros 20 centímetros, tiene una superficie de 107 metros 76 decímetros y le corresponde el uso exclusivo del galpón "B", con una superficie de 09 metros 65 decímetros, patio "C" con una superficie de 25 metros 58 decímetros y garaje "G" con una superficie de 13 metros 88 decímetros. b) Deposito 002, padrón individual No. 4.670/002, se ubica en Planta Baja a cota vertical 0 metros 13 centímetros y más 0 metros 0 centímetros, tiene una superficie de 54 metros 14 decímetros y le corresponde el uso exclusivo del patio "D" con una superficie de 07 metros 90 decímetros y garaje "H" con una superficie de 13 metros 80 decímetros. c) Deposito 003, padrón individual No. 4.670/003, se ubica en la Planta Baja a cota vertical más 0 metros 13 centímetros y más 0 metros 0 centímetros, tiene una superficie de 49 metros 25 decímetros y le corresponde el uso exclusivo de patio "E" con una superficie de 83 metros 59 decímetros y del garaje "I" con una superficie de 14 metros 05 decímetros.
Se previene: 1) Que el o los mejores postores deberán consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210 y sus modificaciones, en dólares estadounidenses y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. Dichos pagos deberán realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (unidades indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque certificado cruzado no a la orden y a nombre del Rematador o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes No. 19.210 y 19.478 y sus Decreto Reglamentarios. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el estado ocupacional y contributivo de los inmuebles respecto del B.P.S., por concepto de Contribución Inmobiliaria, Tributos y Gravámenes Municipales, desconociéndose si existen adeudos pendientes. 5) Que se desconoce si la Intendencia hará uso de su Derecho de Preferencia, Ley 18.083 articulo 66 quedando dicha solicitud de cargo del o de los Mejores Postores y previo al otorgamiento de la escritura correspondiente; en caso de que correspondiere. 6) Que conforme establece el art. 384.3 literal C del C.G.P. los rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria. 7) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el o los Mejores Postores en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago previstos en la ley 19.210 y modificativas, con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la sede y bajo el rubro de autos. 8) Que los bienes se venden en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales y demás documentación agregada, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los derechos humanos 1309 3er. piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, el 8 de abril de 2019. Dra. Adriana De León Saravia, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 8213 1/p 10844 May 02- May 02
Ayuda