Fecha de Publicación: 07/05/2024
Página: 89
Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMONOVENO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19° Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/ MAGEL LIMITADA Y BRINLER S.A. EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EJECUCION DE HIPOTECA" IUE 2-53036/2006, se hace saber que el próximo 29 de mayo de 2024 a las 14:30 horas en las Instalaciones de A.N.R.T.C.I. en Avda. Uruguay 826 Montevideo el Rematador Luis Eduardo Camejo matrícula 6204 y Rut 110372820011 asistido por la Sra. Alguacil se procederá en pública subasta sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente Bien Inmueble: un terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en Balneario Atlántida, zona urbana, décimo octava sección judicial (antes séptima) del Departamento de Canelones, padrón quinientos setenta (570), antes padrón en mayor área trescientos veintiséis que según Plano del Agrimensor Juan P. Fabini inscripto en la Dirección de Avalúos el 19 de enero de 1935 con el número 8, se individualiza cómo solar once (11) de la manzana nueve (9) con una superficie de cuatrocientos cuarenta y ocho metros así deslindados: 13 metros al Noreste sobre calle Cinco; 28 metros al Sureste a calle Cuatro, por ser esquina une ambos frentes ochava recta; 15 metros al Suroeste con el solar 10 y 30 metros al Noroeste con el solar 12. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar cómo seña el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma y el saldo de precio dentro del plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto que aprueba el Remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. En caso de resultar mejor postor la parte ejecutante no deberá consignar la seña. II) Los pagos deberán hacerse por los instrumentos de pago referidos (Ley 19210 en la redacción dada por la ley 19889 y sus decretos reglamentarios) III) Que será de cargo del comprador los gastos y comisión del rematador más IVA (3,66 %) IV) Que será de cargo del expediente la comisión de venta más el IVA que totaliza (1,22%) del precio, más impuesto departamental del 1%. V) El comprador solo podrá deducir la Contribución Inmobiliaria, el Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha del Remate. No siendo posible imputar gastos de abogados por juicios de recuperación de adeudos de la IMM o la DGI por los tributos referidos. VI) Que se desconoce actual situación ocupacional, estructural y contributiva del inmueble, especialmente en lo que refiere a las construcciones y adeudos. VII) Que la subasta se realizará en las condiciones que resultan del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina Actuaria de dicho Juzgado, ubicado en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Montevideo. VIII) Que para el caso de ser el mejor postor diferente al ejecutante, los gastos de ITP y eventual IRPF, serán de cargo del expediente. IX) Y a los efectos legales se hace esta publicación. 
 
Montevideo, 02 de mayo de 2024.
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6809 1/p 10355 May 07- May 07
Ayuda