Fecha de Publicación: 03/05/2018
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSEGUNDO TURNO

                              GUSTAVO IOCCO
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición del Señor Letrado de Primera Instancia en los Civil de 12° Turno, dictada en autos caratulados "AFISA C/ REVETRIA MOREIRA, VICTOR CARMELO Y OTROS - EJECUCION HIPOTECARIA", Ficha: 2-8501/2006 se hace saber que el próximo 30 de Mayo a las 15 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor del siguiente bien inmueble: fracción de terreno con sus construcciones y demás mejoras que le acceden, sita en la 1ª sección judicial de Flores, localidad catastral Trinidad, padrón N° 1.531, parte de la manzana 227, que según plano del Agrim. Luis A. Ibiñete de setiembre de 1957 inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Flores con el N° 708 el 31/1/1958, se señala con el N° 3 y tiene una superficie de 433 mts.. 5.413 dm. lindando: al S 17,30 mts. a calle Santa Lucia (hoy Farro Debellis); al O en 21,30 mts. de frente a calle Lavalleja por ser esquina, uniendo ambos frentes una ochava recta de 2.40 mts. al N en 18.95 mts.. lindando con parte de la fracción 2 y al E en 22,95 mts. lindando con parte de la fracción 4, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña, en letra de cambio o transferencia bancaria realizada en el acto y en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la Comisión de Compra del Rematador e IVA, o sea el 3,66% del precio de venta. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e IVA, o sea el 1.22% del precio de remate. 4°) Que existe deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5°) Que el actual solar 3 del padrón 1531 tiene como antecedente el solar 2 y 4 de la manzana 277 del padrón mencionado, según asi resulta de la certificación de la Esc. Teresa Maquieira agregadas a las presentes fs. 78. 6°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de autos y documentación aportada obrante en la Sede a disposición para su exhibición a los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos N° 1309, Piso 3°. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 25 de abril de 2018. Esc. Ma. EUGENIA NONI VELASCO, Actuaria.
                            Única Publicación
 20) $ 3652 1/p 10252 May 03- May 03
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