Acordada 7.471
Establécese el régimen de turnos durante la Feria Judicial Mayor.
(3.460*R)
En Montevideo, a los once días del mes de noviembre del dos mil dos,
estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los
señores Ministros doctores don Gervacio E. Guillot Martínez -Presidente-,
don Milton H. Cairoli Martínez, don Roberto José Parga Lista, don Leslie
A. Van Rompaey y don Daniel I. Gutiérrez Proto, con la asistencia de su
Secretaria Letrada, doctora Martha B. Chao de Inchausti,
DIJO:
Que debiendo entrar en receso los Tribunales, de acuerdo a lo dispuesto
por el artículo 86 de la Ley Nº 15.750 -Ley Orgánica de la Judicatura y
Organización de los Tribunales- en la redacción dada por el artículo 380
de la Ley Nº 16.320, desde el día 25 de diciembre del 2002 hasta el día
31 del mes de enero del 2003, se encarga de administrar justicia durante
dicho período, en las condiciones establecidas en el artículo 67 de la
citada ley, a los Magistrados que seguidamente se mencionan y en la
siguiente forma:
1) En la Suprema Corte de Justicia:
En calidad de Ministro Superior de Feria, al señor Ministro doctor Milton
H, Cairoli Martínez, en el período comprendido entre el 25 de diciembre
del 2002 y el 6 de enero del 2003; al señor Ministro doctor Daniel I.
Gutiérrez Proto, en el período comprendido entre el 7 y el 19 de enero
del 2003; y al señor Ministro doctor Roberto José Parga Lista, en el
período comprendido entre el 20 y el 31 de enero de 2003; los que
actuarán con el señor Prosecretario Letrado de la Corporación, doctor
Carlos F. Alles Fabricio, durante el período comprendido entre el 25 de
diciembre del 2002 y el 12 de enero del 2003 y la señora Prosecretaria
Letrada de la Corporación, doctora María Cristina Hernández Amarillo,
durante el período comprendido entre el 13 y el 31 de enero del 2003.-
2) En los Tribunales de Apelaciones:
A los señores Ministros del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Cuarto
Turno, doctores Juan Pedro Tobía Fernández, Jorge Tomás Larrieux
Rodríguez y Eduardo Julio Turell Araquistain, en el período comprendido
entre el 25 de diciembre del 2002 y el 12 de enero del 2003; y a los
señores Ministros del Tribunal de Apelaciones en lo Laboral de Segundo
Turno, doctores María Cristina López Ubeda, Luis Domingo Tosi Boeri y
José Echeveste Costa, en el período comprendido entre el 13 y el 31 de
enero del 2003, los que actuarán con las Secretarías respectivas.-
3) En los Juzgados Letrados:
a) de Primera Instancia en lo Civil, de lo Contencioso Administrativo, de
Aduana y de Concursos: a la doctora Graciela Teresa Barcelona Campelo,
Juez Letrado Suplente, en el período comprendido entre el 25 de diciembre
del 2002 y 31 de enero del 2003, quien actuará con la Oficina Actuaria de
los Juzgados Letrados de Aduana de 1º y 2º Turnos en el período
comprendido entre el 25 de diciembre del 2002 y 12 de enero del 2003, y
con la Oficina Actuaria de los Juzgados Letrados de Primera Instancia en
lo Civil de 3º y 12º Turnos, en el período comprendido entre el 13 y 31
de enero del 2003.-
b) de Familia: los magistrados que correspondan según los turnos vigentes
y dispuestos en materia de Violencia Doméstica.-
c) del Trabajo: al doctor Walter Adalberto Carmona Abero, titular del
Juzgado Letrado de Primera Instancia de Trabajo de 6º Turno, en el
período comprendido entre el 25 de diciembre del 2002 y el 13 de enero
del 2003, y a la doctora Rita Beatriz Patrón Bentancor, titular del
Juzgado Letrado de Primera Instancia de Trabajo de 1º Turno, en el
período comprendido entre el 13 y el 31 de enero del 2003, quienes
actuarán con sus respectivas Oficinas Actuarias.-
d) de Menores: a la doctora Loreley Beatriz Pera Rodríguez, Juez Letrado
Suplente, en el período comprendido entre el 25 de diciembre del 2002 y
el 12 de enero del 2003; y a la doctora Martha Elizabeth Alves de Simas
en el período comprendido entre el 13 y el 31 de enero del 2003, quienes
actuarán con las Oficinas Actuarias según los Turnos vigentes.-
e) en lo Penal: los magistrados que correspondan según los turnos
vigentes.-
4) En los Juzgados de Paz Departamentales de la Capital:
De 1º a 19º Turnos, a la doctora Alicia Carmen Infante Panaro, Juez de
Paz Departamental Suplente, en el período comprendido entre el 25 de
diciembre del 2002 y el 31 de enero del 2003 y en los Juzgados de Paz
Departamentales de la Capital de 20º a 38º Turnos, a la doctora Ada Noemí
Siré Hernández, Juez de Paz Departamental Suplente, durante el mismo
período, quienes actuarán asistidas de las Oficinas Actuarias de los
Juzgados de 4º y 5º y 26º y 29º Turnos respectivamente.-
5) En los Juzgados de Faltas:
En el período comprendido entre el 25 de diciembre del 2002 y el 12 de
enero del 2003, a la doctora Laura Rosiello Cuende y en el período
comprendido entre el 13 y el 31 de enero del 2003, a la doctora Estela
Ortiz Pinaz, asistidos por las respectivas Oficinas Actuarias.-
6) En los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Interior:
En aquella ciudades o departamentos del interior en los cuales existe un
único Juzgado de Paz Departamental, se encargarán de administrar justicia
en todas las materias, los respectivos señores Jueces de Paz
Departamentales o sus subrogantes, actuando con la Oficina Actuaria de la
Sede Letrada respectiva.-
En las ciudades de los departamentos del interior en que haya dos o más
Juzgados de Paz Departamentales, se dividirá la Feria entre sus titulares
sin distinción de materias, actuando con las respectivas Oficinas
Actuarias o Subrogantes, y de acuerdo con ello:
a) En las ciudades de Las Piedras, Pando, Cerro Largo, Rivera, Florida,
Tacuarembó y Mercedes, actuarán respectivamente, en el período
comprendido entre el 25 de diciembre del 2002 y el 12 de enero del 2003,
el titular del Juzgado de Paz Departamental de 1º Turno, y en el período
comprendido entre el 13 y el 31 de enero del 2003, el titular del Juzgado
de Paz Departamental de 2º Turno, asistidos por las Oficinas Actuarias
correspondientes o subrogantes. En la ciudad de San José actuará para
todo el período de la Feria Judicial Mayor, la doctora Adriana Laura
Arturo Loureiro, asistida de la Oficina Actuaria respectiva.-
b) En los departamentos de Maldonado, Paysandú y Salto, actuará el señor
Juez de Paz Departamental de 3º Turno, en el período comprendido entre el
25 de diciembre del 2002 y el 5 de enero del 2003; el señor Juez de Paz
Departamental de 1º Turno, en el período comprendido entre el día 6 y el
18 de enero del 2003, y el señor Juez de Paz Departamental de 2º Turno,
en el período comprendido entre el 19 y el 31 de enero del 2003,
asistidos por las respectivas Oficinas Actuarias o subrogantes.
7) Desígnase como Alguaciles de Feria en Montevideo:
a) Para los Tribunales de Apelaciones y Juzgados Letrados de Primera
Instancia en lo Civil, de lo Contencioso Administrativo, de Aduana y de
Concursos, a los señores Anael Dolores Cimino Borca y Alfredo Wáshington
Correa Maciel, quienes actuarán en los expedientes de fichas pares e
impares respectivamente.-
b) Para los Juzgados de Familia, a los señores Alguaciles
correspondientes a los Juzgados de Turno vigentes para las cuestiones de
Violencia Doméstica.-
c) Para los Juzgados del Trabajo y de Menores, a las señoras Mariela
Zulema Méndez Manzi y María Esther Trasante Crespo, quienes actuarán en
los expedientes de fichas pares e impares respectivamente.-
d) Para los Juzgados de Paz Departamentales de la Capital de 1ro. a 19º
Turnos, a la señora María Gloria González González y para los Juzgados de
20º a 38º Turnos, al señor Carlos Adolfo Fernández Demarco.-
Para el caso de impedimento de los señores Alguaciles, se establece el
siguiente régimen de subrogación:
- Los indicados en los literales a), b), c) y d) se subrogarán entre sí
dentro de su misma categoría.-
- En caso de estar impedidos todos los designados en una misma categoría,
serán subrogados por los de la categoría inmediata posterior.-
- En caso de estar impedidos todos los de la categoría d) serán
sustituidos por los de las categorías inmediatas superiores en orden
inverso.-
8) En atención a que los señores Jueces de Paz de todas las categorías
del Interior ejercen también funciones de Oficiales del Registro de
Estado Civil, continuarán en el desempeño de ellas durante la feria.-
9) Las Defensorías de Oficio en lo Criminal se regirán por los turnos
vigentes.-
10) La actividad actuarial vinculada a los expedientes que deban
tramitarse durante la feria, la cumplirá el Actuario del Juzgado de
origen de los autos, debiendo necesariamente permanecer en funciones
durante el feriado, como mínimo, un Actuario en cada Oficina Judicial.
Los registros, libramientos de oficios, notificaciones, comunicaciones y
demás actuaciones y controles relacionados con ese expediente estarán a
cargo de la Actuaría del Juzgado del mismo.
11) El horario de trabajo para todas las Oficinas y dependencias del
Poder Judicial, durante la Feria Judicial Mayor, será el dispuesto por la
Circular Nº 29/91 de la Dirección General de los Servicios
Administrativos y el horario de atención al público será de nueve a once
horas, los días hábiles.-
12) No se admitirán solicitudes de modificaciones a la presente Acordada,
salvo aquéllas fundadas en circunstancias excepcionalísimas.-
Que se comunique, circule y publique.-
Y firma la Suprema Corte de Justicia, lo que certifico.-
DR. GERVASIO E. GUILLOT MARTINEZ, PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA; DR. MILTON H. CAIROLI MARTINEZ, MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA; DR. ROBERTO J. PARGA LISTA, MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA; DR. LESLIE A. VAN ROMPAEY SERVILLO, MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA; DR. DANIEL I. GUTIERREZ PROTO, MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA; DRA. MARTHA B. CHAO DE INCHAUSTI, SECRETARIA LETRADA
DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.