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Decreto 7/013
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) a partir
del 1° de enero de 2013.
(96*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 8 de Enero de 2013
VISTO: lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley N° 17.856 de 20 de
diciembre de 2004.-
RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de
Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma. -
CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 016/012 de 25 de
enero 2012 en $ 2.417 (pesos dos mil cuatrocientos diecisiete).-
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3°
de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo
en un 7,48% (siete con cuarenta y ocho centésimos por ciento).-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas
legales citadas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del
1° de enero de 2013, en $ 2.598 (pesos dos mil quinientos noventa y
ocho).-
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..-
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO; NELSON
LOUSTAUNAU.
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